CAPÍTULO I: Sobre la naturaleza y fin de la Prelatura1. § 1. El Opus Dei es una Prelatura personal que abarca al mismo tiempo a clérigos y laicos,para realizar una especial obra pastoral bajo la dirección de un Prelado propio (cfr. n. 125).§ 2. Constituyen el Presbiterio de la Prelatura aquellos clérigos que, entre sus fieles laicos sonpromovidos a las Órdenes y se vinculan a ella; el laicado de la Prelatura está conformado poraquellos fieles que, movidos por la vocación divina, están atados por un vínculo jurídico deincorporación a la Prelatura, de una manera especial.§ 3. La Prelatura que, de la Santa Cruz y de la Obra de Dios, se llama sin embargo bajo elnombre abreviado de Obra de Dios, es de ámbito internacional, tiene su sede central en Romay se rige por las normas de derecho general de las Prelaturas personales y también de estosestatutos, junto a escritos o concesiones especiales de la Santa Sede.2. § 1. La Prelatura se propone, conforme a normas de derecho particular, la santificación desus fieles, por medio del ejercicio de las virtudes cristianas, en su propio estado, profesión ycondición de vida, según su específica espiritualidad, absolutamente secular.§ 2. También la Prelatura se dirige con todos sus recursos a trabajar para que las personas decualquier condición y estado de la sociedad civil, y principalmente las que se llaman intelec-tuales, se adhieran con un corazón íntegro a los preceptos de Cristo Señor, y para que conella, y también por la fuerza de la propia santificación de cada trabajo profesional, lleguen, enla práctica, en medio del mundo para que todas las cosas se ordenen según la voluntad delCreador; y para formar a hombres y mujeres para ejercer el apostolado igualmente en la socie-dad civil.
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